Sistema de Gestión Antisoborno – Anexo 1
1. Objetivo
El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor está implemento una metodología de gestión proactiva de riesgos de soborno y corrupción que incluye su evaluación holística y un modelo proactivo de tratamiento, que apunta a la gestión eficaz y eficiente de los riesgos y oportunidades sistémicas en su entorno.
Así, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor se compromete a mantener una posición de tolerancia cero frente al soborno y otras prácticas corruptas, lo que representa una forma de proteger su reputación.
La presente Política Anti-Soborno (Anexo 1), el Plan prevención de corrupción (Anexo 2) y el Código de Ética y Conducta (Anexo 3) forman parte del Sistema de Gestión Anti-Soborno establecido por el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor y se debe considerar de forma exhaustiva para el cumplimiento de los objetivos antisoborno y prácticas corruptas establecidos por el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor.
Es por ello por lo que exige a su personal que su accionar sea consecuente con los principios y lineamientos allí vertidos, procurando tener un actuar honesto, transparente y justo en el desempeño de sus tareas. Los mismos compromisos se exigen a los demás Sujetos Alcanzados, es decir, a las personas, grupos e instituciones que contribuyen a la consecución de sus objetivos, o que se encuentran implicados en las actividades que desempeñan para lograrlo.
2. Cumplimiento de las leyes y normativas antisoborno y prácticas corruptas aplicables al Sindicato
- ISO 37001:2016 – Sistemas de Gestión Anti-Soborno – Requisitos con orientación para su uso. Edición 2016-10-15.
- Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
En el marco del control interno aplicable al Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, el Sistema de Gestión Antisoborno se basa en los siguientes pilares y herramientas de gobierno:
Plan prevención de corrupción (Anexo 2): representa el firme compromiso del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor con la lucha contra la corrupción. Rechaza toda forma de corrupción tanto directa como indirecta y establece estándares de actuación mediante la aplicación de criterios de transparencia específicos.
Código de Ética y Conducta (Anexo 3): expone los compromisos, criterios de comportamiento y las responsabilidades éticas, en la gestión de los negocios y de las actividades asumidas por diferentes niveles de la estructura del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor.
Canal de denuncias: se encuentra ubicado en la intranet y extranet del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, pueden realizarse todas las denuncias de manera anónima y confidencial. También personalmente a la Autoridad de Cumplimiento.
A dichos instrumentos normativos internos se incorpora la siguiente Política Antisoborno que es adecuada al propósito del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor y proporciona el marco de referencia en la cual deben establecerse los objetivos anticorrupción como así también los procedimientos operativos.
3. Definiciones
3.1 Concepto de Corrupción
Se considera que existe corrupción cuando hay un abuso del poder delegado para beneficio propio. Así, existirá corrupción cuando un empleado haga uso de prácticas prohibidas de manera formal o implícita, para la obtención de beneficio o ventaja para la organización, para sí mismo o para un tercero.
Soborno
La Norma ISO 37001:16 de Sistemas de Gestión Anti-Soborno define soborno como aquella «oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera), directa o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona».
Es decir, se puede entender como soborno el dar o recibir por parte de una persona algo de valor (usualmente dinero, un regalo, préstamo, recompensa, favor, comisión o entretenimiento), como una inducción o recompensa inapropiados para la obtención de negocios o cualquier otro beneficio. El soborno puede tener lugar en el sector público (por ejemplo, sobornar a un funcionario) o en el sector privado (por ejemplo, sobornar a un empleado de un cliente o a un socio de negocios). El soborno puede tener lugar cuando se hace un pago inapropiado por parte de o a través de un tercero.
3.2 Tolerancia cero frente a la corrupción en todas sus formas
El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor no tiene tolerancia alguna y prohíbe el soborno y otras prácticas corruptas, lo cual significa que todo incidente sospechoso se investigará y cualquier comportamiento indebido puede dar lugar a medidas disciplinarias para el personal, incluida el despido en casos graves, denuncias penales, la rescisión del contrato u otras sanciones en el caso de socios de negocio.
4. Compromiso de cumplir con el SGAS
Esta Política es apropiada al propósito del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor y debe ser conocida y aplicada por todo integrante de la organización, en cualquier forma de contratación: contratistas, subcontratistas, proveedores y socios de negocios que lleven a cabo negocios con el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor y cualquier otra parte interesada, quienes deberán asegurarse de no involucrarse de manera ninguna en sobornos u otras prácticas corruptas, así como comprometerse a entender, aceptar y aplicar la presente Política.
La Política Anti-Soborno es comunicada a las partes interesadas de forma que sea contemplada y respetada en el marco de las actividades que involucren las relaciones de negocio existentes con el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor.
5. Objetivos Antisoborno y otras prácticas corruptas
Anualmente, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor establece objetivos para su Sistema de Gestión Anti-Soborno y planifica acciones para lograrlos, involucrando a todas las partes que sean requeridas y exigiendo el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios que apliquen u otros que considere obligatorios. Dentro de estos requisitos está el cumplimiento de la presente Política.
Plan prevención de corrupción (Anexo 2)
Con la finalidad de prevenir, detectar y enfrentarse al soborno y otras prácticas corruptas en las formas antes descritas, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor regula una serie de prestaciones y atenciones que podrían ser catalogadas como corrupción en caso de no regularse y/o limitarse. Éstas se enumeran en los puntos en el Plan prevención de corrupción (Anexo 2) y en los Procedimientos correspondientes.
6. Revisión y mejora continua
El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor realizará una verificación o vigilancia regular de esta Política. El proceso de seguimiento y de revisión permitirá:
- Asegurar que los controles establecidos son eficaces y eficientes tanto en su diseño como en utilización mediante el seguimiento de la ejecución de los mismos y los resultados obtenidos.
- Obtener información adicional que se considere necesaria para mejorar la apreciación del riesgo.
- Analizar y obtener conclusiones de los sucesos, cambios, éxitos y fallas.
- Detectar los cambios en el contexto interno y externo, incluidos los cambios en los criterios de riesgo y en el propio riesgo, que puedan requerir la revisión de los tratamientos de riesgo y de las prioridades.
- Identificar los riesgos emergentes.
- Comprobar que se lograron los resultados previstos y que los resultados de la apreciación del riesgo se han aplicado adecuadamente.
El Consejo Directivo Nacional y la Asamblea de delegados congresales lideran y se comprometen a cumplir con los lineamientos de esta Política y los procesos involucrados en el Sistema de Gestión Anti-Soborno, de forma de lograr su mejora continua, así como alcanzar el cumplimiento de los objetivos anticorrupción propuestos.
7. Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno
El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor cuenta con la Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno y el Comité de Auditoría Interna, cuyas principales tareas, entre otras, es el control del correcto desarrollo e implementación de las pautas de conducta establecidas en la presente Política, el Plan prevención de corrupción (Anexo 2) y el Código de Ética y Conducta (Anexo 3).
Dichas funciones velarán por el respeto de lo dispuesto en esta Política, tratarán los conflictos que puedan surgir relacionados a ella, en coordinación con el Consejo Directivo Nacional y la Asamblea General de Delegados Congresales cuando le sean requeridos y establecerá planes de acción para solventarlos y salvaguardar los intereses de la entidad.
El Consejo Directivo Nacional y la Asamblea General de Delegados Congresales del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor asigna a la persona que desempeñe la Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno la autoridad e independencia requerida para poder desempeñar eficazmente las responsabilidades de:
- Supervisar el diseño y la implementación del Sistema de Gestión Anti-Soborno.
- Realizar las investigaciones que sean necesarias para el Sistema de Gestión Anti-Soborno en coordinación con el Consejo Directivo Nacional del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor.
- Proporcionar asesoramiento y orientación al personal sobre el Sistema de Gestión Anti-Soborno.
- Asegurar que el Sistema de Gestión Anti-Soborno es conforme con los requisitos de la norma ISO 37001:16.
- Informar sobre el Sistema de Gestión Anti-Soborno al Consejo Directivo Nacional y la Asamblea General de Delegados Congresales en intervalos de tiempo establecidos y/o cuando lo considere pertinente para cada situación particular que se presente bajo el contexto de dicho sistema de gestión.
- La Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno debe tener acceso directo y rápido al Asamblea General de Delegados Congresales y al Consejo Directivo Nacional en el caso de que necesite plantear cualquier cuestión o inquietud en relación con prácticas corruptas o el sistema de gestión anticorrupción.
- Cumplir con las responsabilidades y funciones de cumplimiento contenidas en el “Protocolo de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”.
- Reducir la exposición del Sindicato ante hechos de corrupción que atenten a la integridad reputacional, patrimonial, financiera y económica.
- Identificar los riesgos de corrupción que puedan menoscabar los objetivos organizacionales, considerando en ellos los hechos de corrupción, soborno, fraudes y/o maniobras de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo.
- Determinar si los controles y programas Anticorrupción son realmente efectivos a la hora de reducir los casos de corrupción y de conducta irregular.
- Gestionar los riesgos identificados sobre el contexto interno y externo de la Sindicato.
La Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno debe ser provista de recursos adecuados y asignada a las personas que tengan la competencia, la posición, la autoridad y la independencia apropiadas.
La persona que desempeñe dicha función se debe mantener imparcial en los casos de desempeñarse simultáneamente en otro rol, diferente al de Autoridad de Cumplimiento, dentro de la entidad.
Además, la Asamblea General de Delegados Congresales y el Consejo Directivo Nacional del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor le asigna al Comité de Auditoría las funciones de:
- Realizar auditorías del Sistemas de gestión anticorrupción a intervalos planificados, generando los informes pertinentes al Consejo Directivo Nacional y la Asamblea General de delegados Congresales del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor.
- Participar en la identificación del riesgo de corrupción que la organización podría anticipar razonablemente.
- Analizar, evaluar y priorizar los riesgos de corrupción identificados;
- Evaluar la idoneidad y eficacia de los controles existentes de la organización para mitigar los riesgos de corrupción evaluados. Verificar el cumplimiento del protocolo de actuación en caso de denuncias por actos de corrupción, como así también a violaciones a los principios éticos y al Plan prevención de corrupción (Anexo 2), o contrarios a la normativa nacional, realizados por medio de la línea ética o de los distintos canales de denuncia que posee el Sindicato.
- Comprobar la aplicación y el respeto del Plan prevención de corrupción (Anexo 2) a través de actividades específicas dirigidas a controlar y promover la mejora continua de la ética en el ámbito del Sindicato.
- Colaborar con la Autoridad de Cumplimiento en la información que se elevará al Consejo Directivo Nacional como revisión del Sistema de Gestión Anticorrupción, el Programa de Integridad y los Sistemas de Gestión adoptados por el Sindicato.
8. Incumplimiento.
Cualquier conocimiento de incumplimiento real o sospechoso de esta Política, Plan prevención de corrupción (Anexo 2) y Código de Ética y Conducta (Anexo 3), debe ser reportado a la Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno. Asimismo, se promueve que se informe al Consejo Directivo Nacional y la Asamblea General de Delegados Congresales sobre aquellas situaciones que puedan suponer una debilidad del sistema para proceder a su corrección o mejora.
9. Planteamiento de inquietudes y denuncias
La manera en que la entidad aborda las inquietudes, incumplimientos, denuncias o prácticas irregulares determina la credibilidad del programa anticorrupción entre el personal, socios de negocio y partes interesadas. Los procesos efectivos para el tratamiento de las inquietudes, incumplimientos, denuncias o prácticas irregulares también ayudan a la organización a evitar consecuencias negativas de parte de las autoridades y cualquier daño a la reputación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor.
Ninguna persona que realice un planteo o reporte de intento de soborno u otras prácticas corruptas, supuesto o real o violaciones de la política anticorrupción o del sistema de gestión anticorrupción de buena fe, sufrirá sanción o perjuicio, se lo protegerá de represalias y será tratado como confidencial.
Todos los niveles de la entidad tienen la obligación de informar a su superior jerárquico, a la persona que desempeña la Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno acerca de cualquier inquietud, incumplimiento, denuncia o prácticas irregulares que observen en el desempeño de sus actividades.
El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor ha establecido canales formales supervisados por la Autoridad de Cumplimiento Anti-Soborno, para que todas las partes interesadas puedan realizar, de buena fe y sin temor a represalias, consultas o comunicaciones de inquietudes, incumplimientos, denuncias o prácticas irregulares de lo establecido en la presente Política.
Si se tiene conocimiento de alguna conducta contraria a lo establecido en la presente Política o de cualquier otra normativa interna, se debe seguir el procedimiento de planteamiento de inquietudes o denuncias (PROC 12) y comunicarlo a través del Canal de Denuncias, al que se podrá acceder a través de:
- La dirección de email: anticorrupcion@smata.com.ar
La denuncia se puede presentar de forma anónima o identificando el remitente. En este caso, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor garantiza la confidencialidad de la información que se comunique.
Todas aquellas personas que, de buena fe o sobre la base de una creencia razonable, transmitan sus notificaciones estarán protegidas contra cualquier tipo de discriminación y penalización por motivo de las denuncias realizadas. Las denuncias falsas o difamatorias podrán ser objeto de sanción o dar lugar al ejercicio de las acciones a que haya lugar en Derecho.
10. Vigencia
La presente Política Anti-Soborno entrará en vigor al día siguiente de que sea aprobado y promulgado por el Consejo Directivo Nacional del Sindicato y se encuentre publicado en los distintos canales de comunicación que posee el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor con su personal y Socios de Negocios.
A su vez, la aprobación del presente Política Anti-Soborno realizada por el Consejo Directivo Nacional del Sindicato, deberá ser refrendada por la Asamblea General de Delegados Congresales.
Revisión: 2
Fecha: 01-10-19